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Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 38

Ordenamiento: Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 38.-Para determinar las contribuciones se considerarán las fracciones del peso; para

efectuar su pago, el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de uno

hasta cincuenta centavos se ajusten a la unidad del peso inmediata inferior, y las que conteng an

cantidades de cincuenta y uno a noventa y nueve centavos, se ajusten a la unidad del peso

inmediata superior.

(REFORMADO, SEGUNDO PÁRRAFO; G.O. 11 DE SEPTIEMBRE DE 2018)

Para los efectos de este Código, se entenderá por Unidad de Medida y Actualización a la unidad

de cuenta, para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en el

presente ordenamiento.

(REFORMADO, TERCER PÁRRAFO; G.O. 11 DE SEPTIEMBRE DE 2018)

Cuando no se cubra la contribución, producto o aprovechamiento en la fecha o época establecidas

en este Código, el cobro se realizará conforme a la Unidad de Medida y Actualización vigente al

momento del pago.

Fuente oficial: consultar publicación

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