Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 8
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 8.-Para los efectos de este Código, los plazos se computarán por días hábiles, excepto los
establecidos en los Libros Cuarto y Quinto, así como en disposiciones expresas en contrario.
LIBRO SEGUNDO
DE LAS RELACIONES JURÍDICAS TRIBUTARIAS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DE LAS LEYES Y AUTORIDADES FISCALES
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TERMINO, COMPUTO DEL, EN ACTUACIONES JUDICIALES Y EN ACTOS PREJUDICIALES. ( [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Junio de 1993; Pág. 323)
- TERMINOS. CRITERIO PARA DETERMINAR QUE DIAS SON INHABILES EN CASO DE PLAZOS CONVENCIONALES. (s/clave)
- TERMINOS QUE ACABAN EN DIA INHABIL. (s/clave)
- LEYES. TERMINO PARA SU VIGENCIA. DIAS NATURALES. (s/clave)
- TERMINO, DEBE CONTARSE COMPLETO EL ULTIMO DIA HABIL DEL, QUE LA LEY SEÑALA PARA LA INTERPOSICION DE LA DEMANDA DE AMPARO. (s/clave)
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