Código Militar de Procedimientos Penales · Libro SEGUNDO — DEL PROCEDIMIENTO · Titulo VIII — ETAPA DE JUICIO · Capitulo IV — DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA PRUEBA · Seccion V — Prueba documental y material
Artículo 384
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 384. Incorporación de prueba material o documental previamente admitida
De conformidad con el artículo anterior, sólo se podrán incorporar la prueba material y la documental previamente admitidas, salvo las excepciones previstas en este Código.
SECCIÓN VI
Otras pruebas
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRUEBAS EN LA REVISION. (s/clave)
- PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA. (s/clave)
- PRUEBA DOCUMENTAL, RECEPCION DE LA, CON LA DEMANDA. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- DOCUMENTOS PROVENIENTES DE TERCERO, PRUEBA DE LOS. (s/clave)
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