Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 189
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 189. Oportunidad
Desde su primera intervención, el Ministerio Público o en su caso, el Juez de control, podrán invitar a los interesados a que suscriban un acuerdo reparatorio en los casos en que proceda, de conformidad con lo dispuesto en el presente Código, debiendo explicarles a las partes los efectos del acuerdo.
Las partes podrán acordar acuerdos reparatorios de cumplimiento inmediato o diferido. En caso de señalar que el cumplimiento debe ser diferido y no señalar plazo específico, se entenderá que el plazo será por un año. El plazo para el cumplimiento de las obligaciones suspenderá el trámite del proceso y la prescripción de la acción penal.
Si el imputado incumple sin justa causa las obligaciones pactadas, la investigación o el proceso, según corresponda, continuará como si no se hubiera celebrado acuerdo alguno.
Párrafo reformado DOF 29-12-2014
La información que se genere como producto de los acuerdos reparatorios no podrá ser utilizada en perjuicio de las partes dentro del proceso penal.
El juez decretará la extinción de la acción una vez aprobado el cumplimiento pleno de las obligaciones pactadas en un acuerdo reparatorio, haciendo las veces de sentencia ejecutoriada.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO. LA RESOLUCIÓN QUE NIEGA EL OTORGAMIENTO DE UNA PRÓRROGA PARA SOLICITARLA NO CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN QUE AFECTE DERECHOS SUSTA (XXVII.3o.67 P (10a.))
- SUSPENSIÓN. PROCEDE OTORGARLA CONTRA LA ORDEN DE COMPARECENCIA O PRESENTACIÓN PARA QUE EL INDICIADO DESAHOGUE DILIGENCIAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. (1004)
- SUSPENSIÓN. PROCEDE OTORGARLA CONTRA LA ORDEN DE COMPARECENCIA O PRESENTACIÓN PARA QUE EL INDICIADO DESAHOGUE DILIGENCIAS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA. (1a./J. 86/2010)
- SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA DETERMINACIÓN DE APROBAR O RECHAZAR SU SOLICITUD E, INCLUSO, EN EL PRIMER SUPUESTO TAMBIÉN APRUEBA EL PLAN DE REPA (XXV.3o.1 P (10a.))
- SENTENCIAS DE AMPARO, TERMINO PARA PEDIR EL CUMPLIMIENTO, RESPETO U OBEDIENCIA DE LAS. (s/clave)
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