Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Nacional de Procedimientos Penales

Artículo 326

Ordenamiento: Código Nacional de Procedimientos Penales · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-28

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 326. Peticiones diversas a la acusación

Cuando únicamente se formulen peticiones diversas a la acusación del Ministerio Público, el Juez de control resolverá sin sustanciación lo que corresponda, salvo disposición en contrario o que estime indispensable realizar audiencia, en cuyo caso convocará a las partes.

Fuente oficial: consultar publicación

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