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Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 123

Ordenamiento: Código Penal del Estado de Chihuahua · Ámbito: Chihuahua
Última reforma: 2026-08-29

Vigencia verificada: 16 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 123.

A quien prive de la vida a otra persona, se le impondrá de doce a veinticinco años de prisión. Se entenderá la

pérdida de la vida en los términos de la Ley General de Salud.

[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCOD/0730/2018 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 26 del

31 de marzo de 2018]

Fuente oficial: consultar publicación

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