Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo 95
Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 95. Efectos del cumplimiento
La potestad para ejecutar la pena o la medida de seguridad impuesta, se extingue por cumplimiento de las mismas
o de las penas por las que se hubiesen sustituido o conmutado. Asimismo, la sanción que se hubiese suspendido
se extinguirá por el cumplimiento de los requisitos establecidos para el otorgamiento de la suspensión, en los
términos y dentro de los plazos legalmente aplicables.
CAPÍTULO III
MUERTE DEL IMPUTADO O SENTENCIADO
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PENA COMPURGADA. SOBRESEIMIENTO. (s/clave)
- PENA COMPURGADA. SOBRESEIMIENTO.- (2113)
- APLICACION NUEVA LEY A DELITOS COMETIDOS BAJO REGIMEN LEY ANTERIOR. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, TERMINO PARA LAS. (s/clave)
- SENTENCIAS PENALES, CESACION DE SUS EFECTOS. (s/clave)
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