Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo 96
Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 96. Extinción por muerte
La muerte del imputado extingue la pretensión punitiva; la del sentenciado, las penas o las medidas de seguridad
impuestas, a excepción del decomiso y la reparación del daño.
CAPÍTULO IV
RECONOCIMIENTO DE INOCENCIA
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MUERTE DEL INTERESADO. (s/clave)
- FALLECIMIENTO DEL QUEJOSO (REPARACION DEL DAÑO). (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, CESACION DE SUS EFECTOS. (s/clave)
- PENA DE MUERTE. (s/clave)
- PENA, TERMINO PARA SU EXTINCION. (s/clave)
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