MUERTE DEL INTERESADO.
La muerte del acusado extingue la acción penal y la pena; pero sin perjuicio de la responsabilidad civil, que puede trascender a sus intereses y, por tanto, a sus herederos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286039-66cc6a18/muerte-del-interesado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Mayén Luis. 12 de febrero de 1923. Mayoría de siete votos, en lo que se refiere al primer punto resolutivo, siendo disidentes los Ministros Adolfo Arias y Patricio Sabido; mayoría de ocho votos en lo que hace al segundo punto, siendo disidente el Ministro Agustín Urdapilleta. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no estuvieron presentes durante la discusión y votación de este asunto por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FALLECIMIENTO DEL QUEJOSO (REPARACION DEL DAÑO). (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE FRAUDE. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTE DE. (s/clave)
- MUERTE DEL AGRAVIADO, SOBRESEIMIENTO DEL AMPARO POR. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO O RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis