Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango

Artículo 262

Ordenamiento: Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 262. Se impondrá de tres meses a cinco años de prisión y multa de trescientos sesenta a

ciento cuarenta y cuatro veces la Unidad de Medida y Actualización, al que no exhiba la documentación

correspondiente de una explotación forestal o del transporte de sus productos o no jus tifique la legal

adquisición de esos productos o presente una documentación falsa, alterada o irregular al personal

oficial del Estado que la requiera.

Se decomisarán en beneficio del Estado los productos explotados, transportados o adquiridos

ilegalmente, así como los instrumentos de explotación y medio de transporte.

ARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017

ARTICULO REFORMADO POR DEC. 356, P.O. 93 DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 2020

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 261Índice de la leyArt. 263 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis