Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango
Artículo 27
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 27. Responsabilidad de las personas morales.
Sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido las personas físicas, miembros o
representantes de una persona jurídica, con excepción de las instituciones públicas, las personas
morales también serán penalmente responsables según sea la clasificación jurídica que se les atribuya,
la forma de intervención y la naturaleza dolosa o culposa de su conducta, esto, cuando se cometa algún
hecho delictivo a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas
proporcionen y además se haya determinado que existió inobservancia del debido control de su
organización.
A las personas jurídicas se les impondrán las consecuencias jurídicas correspondientes.
El que actúe como administrador o representante de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en
nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente, aunque no co ncurran
en él las condiciones, cualidades o relaciones que el tipo penal requiera para poder ser sujeto activo
del mismo, si tales circunstancias se dan en la entidad o persona en cuyo nombre o representación
obre.
Las personas jurídicas serán penalmente responsables de cualquier delito cometido en el ejercicio de
actividades relacionadas, que hayan sido realizadas por cualquiera de sus integrantes, empleados o
subordinados sin distinción de su grado, jerarquía o función por falta de supervisión, vigilancia, control
o capacitación por parte de la persona moral en razón de su indebida organización.
ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 280, P.O. 96 DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2025.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDAD CIVIL. (s/clave)
- PERSONAS MORALES, RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS REPRESENTANTES DE LAS.- (2204)
- PERSONAS MORALES, RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS REPRESENTANTES DE LAS. (VI.2o.28 P)
- PERSONAS MORALES, RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS REPRESENTANTES DE LAS. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD CIVIL DE LAS PERSONAS MORALES. (s/clave)
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