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Modo: Corpus Pro

Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango

Artículo 329

Ordenamiento: Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 329. Se impondrán de uno a cinco años de prisión y multa de setenta y dos a trescientas

sesenta veces la Unidad de Medida y Actualización, al servidor público que en el ejercicio de sus

funciones o con motivo de ellas, oto rgue o autorice el nombramiento de un empleo, cargo o comisión

en el servicio público a persona que por resolución firme de autoridad competente se encuentre

inhabilitada para desempeñarlo.

Las penas se aumentarán en dos terceras partes a quien otorgue cu alquier identificación en la que se

acredite como servidor público a persona que realmente no desempeñe el empleo, cargo o comisión a

que se haga referencia en dicha identificación.

Las mismas penas se impondrán a quien acepte la identificación.

ARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017

Fuente oficial: consultar publicación

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