Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 119

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 119.- Cuando el inimputable, sujeto a una medida de tratamiento se encontrare prófugo y

posteriormente fuere detenido, la medida impuesta se considerará extinguida si se acredita que las

condiciones personales del sujeto no corresponden ya a las que hubieren dado origen a su imposición.

CAPITULO X

PRESCRIPCIÓN

Fuente oficial: consultar publicación

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