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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 134

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 134. - La extinción de la acción penal será resuelta por el Ministerio Público en la averiguación

previa o por el órgano jurisdiccional en el proceso.

La declaración de extinción de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad, corresponde a la

autoridad ejecutora.

Fuente oficial: consultar publicación

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