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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 163

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 163.- Al que ilegítimamente prive a otro de su libertad, se le aplicará prisión de tres meses a tres

años y de 10 a 50 días multa.

La misma pena se aplicará al particular que por cualquier medio, obligue a una persona a prestarle trabajo y

servicios personales sin la debida retribución o celebre un contrato que ponga en condiciones de

servidumbre a otra, o afecte su libertad de cualquier modo.

Fuente oficial: consultar publicación

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