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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 163 Bis

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 163 Bis. Se considera también como privación ilegal de la libertad, cuando el ascendiente sin

limitación de grado o pariente consanguíneo colateral hasta el cuarto grado de un menor de edad, lo

sustraiga o cambie de domicilio donde habitualmente resida, lo retenga o impida que regrese al mismo, sin

autorización de quienes ejerzan la patria potestad, entendiéndose que se necesita la autorización de todos

los que ejercen este derecho aunque no se tenga la custodia y no permita que el padre o la madre visiten o

convivan con el menor, se aplicará una pena de uno a tres años de prisión y multa de 30 a 300 días. En

este contexto, sólo podrán cambiar de domicilio o impedir que regrese al mismo de manera unilateral,

cuando exista resolución de autoridad competente.

Fuente oficial: consultar publicación

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