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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 164

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 164.- La punibilidad prevista en el artículo 163 se aumentará en una mitad, cuando en la privación

de la libertad concurra alguna de las circunstancias siguientes:

I.- Que se realice con violencia o se veje a la víctima;

II.- Que la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad, o por cualquier otra

circunstancia esté en situación de inferioridad física respecto al agente; o

III.- Que la privación se prolongue por más de ocho días.

Fuente oficial: consultar publicación

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