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Código Penal para el Estado de Hidalgo

Artículo 183 Quater

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Hidalgo · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2026-08-06

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 183 Quater. La punibilidad prevista en los artículos 183 bis y 183 ter se aumentará hasta en una

mitad cuando:

I. El delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la

víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza;

II. El delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones;

III. El delito sea cometido en contra de una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no

tenga la posibilidad para resistirlo;

IV. Se obtenga un beneficio lucrativo o no lucrativo;

V. A consecuencia de los efectos o impacto del delito, la víctima atente contra su vida o su salud; o

Fracción reformada P.O. Alcance dos del 6 de agosto de 2026.

VI. El pasivo del delito sea una persona con discapacidad.

Fracción adicionada P.O. Alcance dos del 6 de agosto de 2026.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-08-06)

Artículo 183 Quater. La punibilidad prevista en los artículos 183 bis y 183 ter se aumentará hasta en una

mitad cuando:

I. El delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la

víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza;

II. El delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones;

III. El delito sea cometido en contra de una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no

tenga la posibilidad para resistirlo;

IV. Se obtenga un beneficio lucrativo o no lucrativo;

V. A consecuencia de los efectos o impacto del delito, la víctima atente contra su vida o su salud.

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