Código Penal para el Estado de Hidalgo
Artículo 183 Ter
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 183 Ter. La misma pena a que se refiere el artículo anterior se impondrá a quien produzca,
divulgue, comparta, distribuya o publique, imágenes, videos y/o audios con información apócrifa, alterada o
simulada, de contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA, DELITO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS). (s/clave)
- DERECHO DE AUTOR. ALCANCE DEL TÉRMINO IMAGEN DE UNA PERSONA, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 231, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA. (I.1o.A.82 A (10a.))
- PENA CORPORAL. (s/clave)
- ACCION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
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