Código Penal para el Estado de Morelos
Artículo 130
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *130.- Derogado.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Derogado por artículo único del Decreto No. 663, publicado en el : 2020/03/12.
OBSERVACIÓN GENERAL.- Fe de erratas publicada en el POEM No. 3831 de 1996/11/29.
Fuente oficial: consultar publicación
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