Código Penal para el Estado de Morelos
Artículo 146 BIS
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *146 BIS.- DEROGADO.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Derogado por ARTÍCULO PRIMERO dispositivo del Decreto No. 1066,
publicado en el 28.
Vigencia: 2026/01/29.
REFORMA VIGENTE. - Se adiciona el artículo 146 bis al presente ordenamiento por ARTÍCULO
SEGUNDO Dispositivo del Decreto No. 2354, publicado en el
número 6343, de fecha 2024/09/04. Vigencia: 2024/09/05.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXPROPIACION. (s/clave)
- REVISION EN AMPARO CONTRA LEYES. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- COPIAS PARA LA REVISION. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
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