Código Penal para el Estado de Morelos
Artículo 146
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *146.- DEROGADO.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Derogado por ARTÍCULO PRIMERO dispositivo del Decreto No. 1066,
publicado en el 28.
Vigencia: 2026/01/29.
REFORMA VIGENTE.- Se reforman las fracciones II y XII, por ARTÍCULO ÚNICO del Decreto No.
484, publicado en el
2025/09/10. Vigencia: 2025/09/11.
REFORMA VIGENTE.- Se reforma la fracción XVII , y se adiciona la fracción XVIII, por ARTÍCULO
ÚNICO del Decreto No. 481, pu blicado en el
Segunda Sección, de fecha 2025/09/10. Vigencia: 2025/09/11.
REFORMA VIGENTE. - Se reforma el artículo 146 del presente ordenamiento, por ARTÍCULO
PRIMERO Dispositivo del Decreto No. 2354, publicado en el
número 6343, de fecha 2024/09/04. Vigencia: 2024/09/05.
REFORMA VIGENTE: Fe de erratas publicada en el
de fecha 2023/02/15.
REFORMA VIGENTE: Se reforma integralmente el artículo 146, por artículo único del Decreto No.
740, publicado en el
2023/02/01. .
REFORMA SIN VIGENCIA.- Reformado por artículo único del Decreto No. 214 publicado en el
9/07/10. Vigencia:
2019/07/11.
REFORMA SIN VIGENCIA.- Reformado por Artículo Único del Decreto número 1195 de
2000/08/29. Publicado en el POEM No. 4074 de 2000/09/06. .
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REVISION EN AMPARO CONTRA LEYES. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
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