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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Morelos

Artículo 30

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *30.- El tratamiento en libertad de imputables consiste en la aplicación

de medidas laborales, educativas y curativas autorizadas por la ley y conducentes

a la reinserción social del sentenciado. Entre las medidas aplicables figurarán, en

su caso, las que resulten necesarias para obtener la deshabituación o

desintoxicación del sentenciad o, cuando se trate de persona que consuma

inmoderadamente bebidas alcohólicas o haga uso de estupefacientes o

psicotrópicos.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE.- Reformado el presente artículo por Artículo Cuarto del Decreto No. 1558,

publicado en el

2009/07/29.

Fuente oficial: consultar publicación

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