Código Penal para el Estado de Sinaloa
Artículo 172 Bis C
Vigencia verificada: 19 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 172 Bis C . Derogado. (Por Decreto No. 260 publicado en el P.O. No. 089
de fecha 22 de julio de 2019).
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VIOLACION. (s/clave)
- CORRUPCION DE MENORES Y VIOLACION, DELITOS DE. (s/clave)
- VIOLACION. DELITO DE. (s/clave)
- VIOLACION, DELITO DE, EN GRADO DE TENTATIVA. (s/clave)
- CORRUPCIÓN DE MENORES (HIPÓTESIS DE "INICIACIÓN EN LA VIDA SEXUAL DE UN IMPÚBER").- (4132)
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