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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 262

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-09-04

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 262. Al que empleando explosivos o materias incendiarias o por cualquier

otro medio destruya total o parcialmente un vehículo de servicio público estando

ocupado por una o más personas, se le aplicará prisión de diez a quince años y de

trescientos a quinientos días multa.

Fuente oficial: consultar publicación

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