Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Artículo 15
Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 15. Momento y lugar del delito. Para determinar la competencia territorial y temporal de la aplicación de la ley penal se estará al momento y lugar de realización del delito.
CAPÍTULO III
APLICACIÓN PERSONAL DE LA LEY
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEY PENAL, APLICACION DE LA, EN EL TIEMPO. (s/clave)
- LEY PENAL, APLICACIÓN DE LA, EN EL TIEMPO.- (1766)
- ACUMULACION DE PROCESOS. (s/clave)
- PROCESOS. (s/clave)
- APLICACION DE LA LEY, FACULTADES DE LOS TRIBUNALES PARA LA. (s/clave)
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