Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Artículo 34
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 34. Catálogo de consecuencias jurídicas accesorias para las personas jurídicas.
I. Disolución;
II. Suspensión;
III. Prohibición de realizar determinadas operaciones; e
IV. Intervención.
CAPÍTULO II
PRISIÓN
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION, EN CASO DE JUICIOS POSIBLES CONTRA EL ACTO. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
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