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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Sinaloa

Artículo 80

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-09

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Art. 80. La Hacienda Pública del Estado estará constituída por los bienes muebles e inmuebles

comprendidos en su patrimonio; por los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos

que en su favor establezcan las leyes del Estado; y por las participaciones que en impuestos

Federales otorguen al Estado las Leyes Federales. (Ref. según Decreto No. 69 de fecha 28 de

marzo de 1963, publicado en el Periódico Oficial No. 45, de fecha 18 de abril de 1963).

Fuente oficial: consultar publicación

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