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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Sinaloa

Artículo Noveno

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-09

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo Noveno. Todos los recursos humanos del Consejo Estatal Electoral se integrarán a

los del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa. Los recursos materiales, presupuestales y

financieros del actual órgano pasarán a formar parte del patrimonio del nuevo Instituto una vez

que quede integrado en términos del Artículo Octavo Transitorio del presente Decreto, sin

menoscabo de los derechos laborales que correspondan al personal de que disponga.

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Fuente oficial: consultar publicación

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