Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 35
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 35.- Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado se depositan
en ciudadanas y ciudadanos electos mediante sufragio, universal, libre, secreto, y
directo, conforme a las leyes correspondientes, garantizando mecanismos paritarios
y transparentes.
(REFORMADO, G.G. 27 DE FEBRERO DE 1995)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOBERANIA DE LOS PODERES DE LOS ESTADOS. (s/clave)
- LEYES. (s/clave)
- FUERO CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- REGLAMENTACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- DIVISION DE LOS PODERES. (s/clave)
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