Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Artículo 116
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 116. El Municipio Libre es la unidad jurídico-política constituida por una comunidad de
personas, establecida en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
forma de gobierno democrático, representativo, de elección popular directa, y autónomo en su
régimen interno, que tiene como fin el desarrollo armónico e integral de sus habitantes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MUNICIPIO LIBRE. (s/clave)
- MUNICIPIOS. (s/clave)
- MUNICIPIOS.- (69)
- MUNICIPIO LIBRE. (s/clave)
- MUNICIPIOS. (s/clave)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-16)
El Municipio Libre es la unidad jurídico-política constituida por una comunidad de
personas, establecida en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
forma de gobierno democrático, representativo, de elección popular directa, y autónomo en su
régimen interno, que tiene como fin el desarrollo armónico e integral de sus habitantes.
Artículo 117.
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