Corpus
Modo: Corpus Pro

Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito · Titulo Primero — Bis de las presentes disposiciones. · Capitulo y — lo hagan del conocimiento de la Comisión, pero en todo caso, deberá designarse un · Seccion Novena — Disposiciones finales

Artículo 170

Ordenamiento: Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-09-01

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 170.- El código de conducta, en su caso, elaborado por la Dirección General y que el Comité de

Auditoría propondrá para aprobación del Consejo, establecerá un marco autorregulatorio que norme la

conducta de los directivos y demás personal al interior de la Institución, con otras entidades y la clientela,

así como la conducta de sus consejeros acorde con las actividades y funciones de estos últimos.

Las Instituciones deberán hacer del conocimiento de sus consejeros, directivos y demás personal el

código de conducta que, en su caso emitan, además de comunicar a las personas relacionadas con su

operación, que la conducta del referido personal se rige por el mencionado código.

(265) El código de conducta y sus modificaciones deberán presentarse a la Comisión, a más tardar, a los

diez días hábiles posteriores a su aprobación por el Consejo de las Instituciones.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 169Índice de la leyArt. 171 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.