Corpus
Modo: Corpus Pro

Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito

Artículo 99 Bis 2

Ordenamiento: Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-09-01

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

(214) Artículo 99 Bis 2.- La Severidad de la Pérdida de los créditos de la Cartera Crediticia Hipotecaria de

Vivienda se obtendrá en función de la Tasa de Recuperación del crédito (TR), aplicando lo siguiente:

(214) I. Para todos los créditos con excepción de lo señalado en las fracciones III y IV siguientes, si ATRi ≥ 60,

entonces:

SPi =100 %

(296) II. Para créditos distintos a los señalados en las fracciones III y IV siguientes, si ATRi < 60, entonces:

(310)

𝑃𝐼𝑖 = 1

1 + 𝑒− −2.6111+0.869𝐴𝑇𝑅𝑖+0.3062𝑀𝐴𝑋𝐴𝑇𝑅 _7𝑀𝑖−0.3739%𝑉𝑃𝐴𝐺𝑂𝑖

𝐴𝑇𝑅𝑖

𝑀𝐴𝑋𝐴𝑇𝑅_7𝑀𝑖

𝐴𝑇𝑅𝑖

%𝑉𝑃𝐴𝐺𝑂𝑖

𝐴𝑇𝑅𝑖

𝑀𝐴𝑋𝐴𝑇𝑅_7𝑀𝑖

%𝑉𝑃𝐴𝐺𝑂𝑖

(296) En donde:

(310) = Factor de ajuste a la Severidad de la Pérdida del i -ésimo crédito otorgado a acreditados

del sexo “mujer”, o bien, que el crédito cuente con al menos un co -acreditado del sexo

“mujer”, definido conforme a lo siguiente:

(310) Si ATRi < 10, entonces FiM=93%.

(310) En caso de no contar con información del sexo del acreditado, o bien, si el sexo del acreditado es

distinto a “mujer” o no se cuente con al menos un co-acreditado del sexo “mujer”, o bien a partir de

que deje de cumplirse que ATRi<10, el Factor de ajuste FiM será igual a 100%.

Factor Curas

Curas

[0,10) 27.5%

[10,16) 16.2%

[16,22) 8.6%

[22,28) 3.5%

≥28 0.0%

En donde:

C LTVi = es la razón en términos porcentuales del Saldo del Crédito del i -ésimo crédito

(Si) respecto al Valor de la Vivienda que lo garantiza (Vi) el cual se obtiene conforme lo

establecido en fracción II del Artículo 99 Bis1 de las presentes disposiciones.

SDESi = es el monto de mensualidades consecutivas cubiertas por un Seguro de Desempleo.

qx = es la tasa de mortalidad correspondiente a la edad del acreditado a la fecha de

calificación del crédito de acuerdo con lo establecido en el anexo 14.2.5-A de la Circular

Única de Seguros Fianzas.

SVIDAi = es el monto cubierto del crédito por un seguro de vida.

GGFi = garantía otorgada por alguna institución de banca de desarrollo o por un fideicomiso

público constituido por el Gobierno Federal para el fomento económico.

SUBCVi = es el monto de la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los sistemas

de ahorro para el retiro, al momento de la calificación del crédito, cuando funja como

garantía otorgada por un Organismo de Fomento para la Vivienda, el cual

corresponderá al último valor conocido por la Institución a la fecha de cálculo de las

reservas.

ATRi = número de atrasos observados a la fecha de cálculo de las reservas, el cual se obtiene

conforme lo establecido en fracción II del Artículo 99 Bis1 de las presentes

disposiciones.

Si = Saldo del Crédito del i -ésimo crédito conforme a lo establecido en el Artículo 99 de

las presentes disposiciones.

𝑇𝑅𝑖 = ( 1

𝐶𝐿𝑇𝑉𝑖

× 𝑎) + 𝑆𝐷𝐸𝑆𝑖 + 𝐺𝐺𝐹𝑖 + (𝑞𝑥 × 𝑆𝑉𝐼𝐷𝐴𝑖)

𝑆𝑖

+ 𝑆𝑈𝐵𝐶𝑉𝑖

𝑆𝑖

× 𝑏

𝐴𝑇𝑅𝑖

(214) Por su parte, los factores a y b de TR, tomarán diferentes valores en función de si los créditos cuentan

o no con un Fideicomiso de Garantía, si se tiene celebrado o no un Convenio Judicial respecto del crédito

y de la entidad federativa a la que pertenezcan los tribunales a los que se hayan sometido las partes para

efectos de la interpretación y cumplimiento del contrato de crédito. De la misma manera, se considerará

el número de atrasos del crédito a la fecha de calificación ( ) para determinar el valor del factor a.

Adicionalmente, en caso de que las Instituciones sean beneficiarias de un Esquema de Cobertura de

Primeras Pérdidas para créditos pertenecientes a la Cartera Crediticia Hipotecaria de Vivienda, lo

tomarán en considera ción en términos de lo señalado en el numeral 1 del inciso b) de la fracción II del

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 99 Bis 1Índice de la leyArt. 102 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.