Ley Aduanera · Titulo Séptimo — Agentes aduanales, agencias aduanales y dictaminadores aduaneros · Capitulo Unico — Sección Primera · Seccion Primera — Agentes aduanales y agencias aduanales
Artículo 159
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 159. Agente aduanal es la persona física autorizada por la Secretaría, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.
Párrafo reformado DOF 09-12-2013, 19-11-2025
Para obtener la patente de agente aduanal los interesados deberán cumplir con los lineamientos indicados en la Convocatoria que al efecto se publique en el Diario Oficial de la Federación, así como con los siguientes requisitos:
Párrafo reformado DOF 09-12-2013
l. Ser mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos.
Fracción reformada DOF 30-12-1996
II. No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso y en el caso de haber sido agente o apoderado aduanal, su patente no hubiere sido cancelada o extinguida.
Fracción reformada DOF 30-12-1996, 30-12-2002, 09-12-2013
III. (Se deroga).
Fracción derogada DOF 09-12-2013
IV. No ser persona servidora pública, incluidas aquellas con licencia, ni encontrarse inhabilitada para serlo.
Fracción reformada DOF 30-12-1996, 19-11-2025
V. No tener parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado y colateral hasta el cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador y subadministradores o su equivalente, de la aduana de adscripción de la patente, así como con los administradores y los subadministradores o su equivalente, de cualquiera de las aduanas en las que ejerza la patente, o bien, con los socios o accionistas de cualquier agencia aduanal.
Fracción reformada DOF 19-11-2025
VI. Tener título profesional o su equivalente en los términos de la ley de la materia.
VII. Tener experiencia en materia aduanera, mayor de cinco años.
Fracción reformada DOF 09-12-2013
VIII. Estar inscrito en el registro federal de contribuyentes, y demostrar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Fracción reformada DOF 09-12-2013
IX. Aprobar el examen de conocimientos que practique la autoridad aduanera y un examen psicotécnico, que constará de dos etapas, la de confiabilidad y la psicológica, conforme a los lineamientos que al efecto emita la autoridad aduanera.
Fracción reformada DOF 31-12-1998, 19-11-2025
Terminadas las etapas de inscripción y evaluación de candidatos, los resultados de las mismas se deberán someter al Consejo a que se refiere el artículo 159 bis de esta Ley, quien debe emitir la determinación correspondiente dentro de los quince días hábiles siguientes. El fallo de la convocatoria se debe notificar a los participantes dentro de los treinta días hábiles siguientes a tal determinación.
Párrafo adicionado DOF 19-11-2025
La Secretaría otorgará la patente al interesado en un plazo no mayor de dos meses contados a partir de la emisión del fallo.
Párrafo reformado DOF 19-11-2025
La patente es personal e intransferible y tendrá una vigencia de veinte años, la cual podrá prorrogarse por un plazo igual, siempre que la solicitud se presente durante el último año de vigencia de la patente y antes de los últimos cuatro meses de la conclusión de su vigencia, se cumplan los requisitos vigentes previstos para su otorgamiento y el agente aduanal no haya sido inhabilitado o suspendido en más de tres ocasiones conforme a lo previsto en los artículos 160 y 164 de esta Ley. Dicha prórroga deberá contar con la determinación del Consejo a que se refiere el artículo 159 bis de esta Ley.
Párrafo adicionado DOF 19-11-2025
La Secretaría podrá expedir patentes de agente aduanal para promover únicamente el despacho de mercancías cuyas fracciones arancelarias se autoricen en forma expresa. Para obtener dicha patente se deberá cumplir con los requisitos y procedimientos a que se refiere este artículo.
Párrafo adicionado DOF 19-11-2025
Los agentes aduanales deberán certificarse cada tres años para mantener su patente de agente aduanal activa, conforme al procedimiento que se establezca mediante reglas.
Párrafo adicionado DOF 19-11-2025
Reforma DOF 09-12-2013: Derogó del artículo el entonces párrafo cuarto
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOLICITUD PARA OBTENER LA PATENTE DE AGENTE ADUANAL DE MANERA DIRECTA. ES IMPROCEDENTE SI NO SE AJUSTA AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 159 DE LA LEY ADUANERA (VIGENTE H (IV.1o.A. J/21 (10a.))
- AGENTE ADUANAL. LA EMISIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA OBTENER LA PATENTE RELATIVA, CONSTITUYE UNA FACULTAD REGLADA. (I.10o.A.38 A (11a.))
- AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO. LA FACULTAD DE SU TITULAR DE EMITIR LA CONVOCATORIA PARA OBTENER LA PATENTE DE AGENTE ADUANAL CUANDO MENOS CADA DOS AÑOS, PREVISTA EN EL ARTÍ (PR.A.CN. J/44 A (11a.))
- AGENTE ADUANAL SUSTITUTO. SI PRETENDE QUE SE LE EXPIDA UNA PATENTE DE TITULAR, DIVERSA A LA DEL AGENTE QUE PODÍA SUSTITUIR, DEBE CUMPLIR TODOS LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCU (XVII.1o.P.A.7 A (10a.))
- AGENTE ADUANAL SUSTITUTO. EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA DESIGNACIÓN RELATIVA NO CONSTITUYE UN DERECHO ADQUIRIDO PARA LA AUTORIZACIÓN DE UNA PATENTE DE TITULAR D (IV.3o.A. J/14 (10a.))
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