Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos… · Titulo SEGUNDO — De los Procedimientos de Amparo · Capitulo II — El Amparo Directo · Seccion Primera — Procedencia
Artículo 172
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 172. En los juicios tramitados ante los tribunales administrativos, civiles, agrarios o del trabajo, se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que se afectan las defensas de la persona quejosa, trascendiendo al resultado del fallo, cuando:
Párrafo reformado DOF 13-03-2025
I. No se le cite al juicio o se le cite en forma distinta de la prevenida por la ley;
II. Haya sido falsamente representada en el juicio de que se trate;
Fracción reformada DOF 13-03-2025
III. Se desechen las pruebas legalmente ofrecidas o se desahoguen en forma contraria a la ley;
IV. Se declare ilegalmente confesa a la persona quejosa, a su representante o apoderado o apoderada;
Fracción reformada DOF 13-03-2025
V. Se deseche o resuelva ilegalmente un incidente de nulidad;
VI. No se le concedan los plazos o prórrogas a que tenga derecho con arreglo a la ley;
VII. Sin su culpa se reciban, sin su conocimiento, las pruebas ofrecidas por las otras partes;
VIII. Previa solicitud, no se le muestren documentos o piezas de autos para poder alegar sobre ellos;
IX. Se le desechen recursos, respecto de providencias que afecten partes sustanciales del procedimiento que produzcan estado de indefensión;
X. Se continúe el procedimiento después de haberse promovido una competencia, o la autoridad impedida o recusada, continúe conociendo del juicio, salvo los casos en que la ley expresamente la faculte para ello;
XI. Se desarrolle cualquier audiencia sin la presencia del juez o jueza o se practiquen diligencias judiciales de forma distinta a la prevenida por la ley, y
Fracción reformada DOF 13-03-2025
XII. Se trate de casos análogos a los previstos en las fracciones anteriores a juicio de los órganos jurisdiccionales de amparo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VIOLACIONES A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 173, APARTADO B, FRACCIONES I Y V, DE LA LEY DE AMPARO. SUPUESTO EN QUE NO SE ACTUALIZAN CUANDO EL TRIBUNAL DE E (II.4o.P.24 P (11a.))
- FALSA REPRESENTACIÓN. NO SE ACTUALIZA ESA VIOLACIÓN PROCESAL EN CASO DE QUE UNA DE LAS PARTES HUBIERA TENIDO UN DEFICIENTE ASESORAMIENTO JURÍDICO EN UN JUICIO POR PARTE DEL PROFESI (I.1o.A.24 K (10a.))
- PROCEDIMIENTO PENAL, VIOLACIONES DEL. (s/clave)
- VIOLACIONES PROCESALES PLANTEADAS EN EL AMPARO DIRECTO. PARA LA PROCEDENCIA DE SU ESTUDIO CUANDO SE RECLAMA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY QUE SE APLICÓ O QUE SE CONSIDERE DEBIÓ (IX.1o.C.A.2 K (10a.))
- VIOLACION PROCESAL IMPROCEDENTE ALEGADA EN AMPARO DIRECTO. (s/clave)
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