Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Archivos del Estado de Durango

Artículo 100

Ordenamiento: Ley de Archivos del Estado de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 100. Todos los integrantes de la Junta tendrán derecho a voz y voto, a

excepción de la Secretaría o el Secretario Técnico y del Comisario Público, quienes sólo

tendrán derecho a voz, en caso de empate la Presidenta o Presidente, tendrá el voto de

calidad.

Los cargos de los integrantes de la Junta serán honoríficos, por lo cual no recibirán

emolumento alguno.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 99Índice de la leyArt. 101 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis