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Ley de Archivos del Estado de Durango

Artículo 112

Ordenamiento: Ley de Archivos del Estado de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 112. Son atribuciones de la persona Titular de la Dirección, las siguientes:

I. Coordinar, administrar, promover, difundir y organizar las actividades del

Organismo;

II. Representar técnica, administrativa y legalmente al Organismo, con todas las

facultades generales para pleitos y cobranzas, así como para actos de

administración, conforme a la legislación aplicable, así como otorgar poderes

generales y especiales con las facultades y limitaciones que considere

conveniente;

III. Elaborar el Reglamento Interior del Organismo, así como los que sean

necesarios para la realización de sus actividades y someterlos a aprobación de

la Junta;

IV. Proponer los planes y programas para el cumplimiento del objeto del Organismo;

V. Celebrar convenios, contratos y acuerdos para el cumplimiento de su objeto;

VI. Contratar, convenir y suscribir los actos jurídicos necesarios para la obtención

de créditos, recursos, bienes muebles o inmuebles necesarios para el

cumplimiento de sus atribuciones, previa aprobación de la Junta;

VII. Presentar ante la Junta un informe anual de actividades;

VIII. Autorizar de forma mancomunada con la persona Titular del área administrativa,

las erogaciones que deban realizarse con motivo de la administración del

Organismo;

IX. Supervisar que los Coordinadores, realicen de manera adecuada las

atribuciones que les han sido encomendadas;

X. Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles que integran el

patrimonio del Organismo;

XI. Difundir y promocionar a nivel local, nacional e internacional, las diversas

actividades que realiza el Organismo;

XII. Dirigir, administrar y supervisar todos los asuntos competencia de la Dirección;

XIII. Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del

Organismo, ante autoridades federales, locales o municipales, según

corresponda;

Fuente oficial: consultar publicación

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