Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Artículo 187

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Rural Sustentable · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-06-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 187.- La Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano, propondrá la asignación de estímulos fiscales a las acciones de producción, reconversión, industrialización e inversión que se realicen en el medio rural en el marco de las disposiciones de la presente Ley y la normatividad aplicable.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 186Índice de la leyArt. 188 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.