Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura · Titulo QUINTO — De la comercialización e industrialización del café mexicano · Capitulo I — De la comercialización

Artículo 45

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 45. Las disposiciones de esta Ley que hagan referencia a características del café, calidades, procesos, certificaciones, etiquetado, estándares u otros elementos técnicos deberán interpretarse como orientaciones de política pública, y no constituirán en ningún caso requisitos obligatorios para la producción, comercialización, exportación o importación del producto, salvo que sean expresamente definidos en las Normas Oficiales Mexicanas y publicados conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad y los tratados internacionales aplicables.

CAPÍTULO II

De los precios del café

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 44Índice de la leyArt. 46 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis