Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura · Titulo QUINTO — De la comercialización e industrialización del café mexicano · Capitulo IV — Del café sustentable y el cambio climático

Artículo 61

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 61. La Secretaría en acuerdo con las autoridades competentes, vigilará:

I. Los efectos del cambio climático en la producción del café;

II. Los riesgos para la cantidad de tierra fértil disponible para la cafeticultura y el cambio de uso de suelo forestal y agroforestal a agrícola;

III. La presencia de plagas y enfermedades fitosanitarias, y

IV. Las condiciones meteorológicas que puedan dañar o retrasar las cosechas.

De igual manera, realizará análisis y estudios sobre las contingencias que pongan en riesgo la producción del café o estén vinculados con la salud, la alimentación, la nutrición y el medio ambiente.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 60Índice de la leyArt. 62 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis