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Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Artículo 101

Ordenamiento: Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 101.- El CICTCAÑA, con la aprobación del Comité Nacional, atenderá las demandas de los sectores integrantes de la agroindustria de la caña de azúcar, y tendrá como propósitos fundamentales los siguientes:

I. Desarrollar nuevas variedades con elevados contenidos de sacarosa, baja fibra, tolerantes a plagas y enfermedades, sequía e inundaciones y otras adversidades climatológicas;

II. Generar paquetes tecnológicos regionales que incrementen sustancialmente la productividad agrícola e industrial;

III. Diseñar y evaluar los sistemas de cartografía y geoposicionamiento satelital y los programas de cómputo que aseguren una aplicación y uso estandarizado en los Comités, con el fin de fortalecer el Sistema de Información para la toma de decisiones que permitan la elevación de la productividad y competitividad de cada una de las zonas de abastecimiento cañero;

IV. Establecer los mecanismos de vinculación y coordinación de todas las instancias que participan en el desarrollo tecnológico de la gramínea y en particular retomar el control de las estaciones de hibridación y cuarentenaria para proyectar el programa de nuevas variedades a largo plazo, evitar duplicidades y abaratar los costos;

V. Promover las investigaciones que diversifiquen y optimicen el aprovechamiento de la caña atendiendo a su rentabilidad, mercado y disponibilidad de inversiones;

VI. Elaborar el inventario de investigación aplicada y sus productos en el mercado, a efecto de medir sus ventajas y su costo beneficio, poniéndola a disposición de Abastecedores de Caña e Industriales;

VII. Profundizar en la evaluación del efecto en los rendimientos de fábrica y campo del proceso de fabricación del azúcar de caña cortada en verde;

VIII. Promover para cada región y Zona de Abastecimiento, el sistema de cartografía y geoposicionamiento satelital estandarizado para todos los Comités, con el propósito de facilitar la reconversión productiva y lograr el pleno aprovechamiento de la tierra;

IX. Determinar mediante estudios e investigaciones, la contribución a la competitividad del territorio rural de cada una de las Zonas de Abastecimiento cañero que permitan consolidar la producción, el empleo y los servicios rurales;

X. Inventariar la investigación y sus resultados en materia de coproductos, subproductos y derivados, y promover las nuevas investigaciones para maximizar el aprovechamiento y diversificación de la caña de azúcar, y

XI. Llevar a cabo las investigaciones, estudios y acciones que acuerde y le instruya el Comité Nacional.

Fuente oficial: consultar publicación

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