Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo Transitorio DÉCIMO PRIMERO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo Décimo Primero.- Se reforman los artículos 118, segundo párrafo y, 149 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para quedar como sigue:
………..
Transitorios
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONVENIO AGRARIO, SUSCRITO POR LAS PARTES Y APROBADO POR EL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO. TIENE EL CARACTER DE SENTENCIA. (V.1o.76 A)
- LEY AGRARIA. (s/clave)
- AGRARIO. PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY AGRARIA. DEBE RESPETARSE EN SUS TERMINOS. (s/clave)
- RESOLUCIONES AGRARIAS. (s/clave)
- RESOLUCIONES EN MATERIA AGRARIA. (s/clave)
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