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Modo: Corpus Pro

Ley de Gobierno Digital para el Estado de Nayarit

Artículo 32

Ordenamiento: Ley de Gobierno Digital para el Estado de Nayarit · Ámbito: Nayarit
Última reforma: 2026-10-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 32. Los sujetos de la Ley designarán un área responsable del diseño,

planeación y ejecución de políticas en materia de tecnologías de la información,

que dentro de sus funciones tendrá la facultad de observar la aplicación del marco

jurídico administrativo en la materia, y la planeación estratégica para el

aprovechamiento de las tecnologías de la información, orientado a procesos y

con un enfoque a los usuarios que impulse el Gobierno Digital.

Fuente oficial: consultar publicación

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