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Modo: Corpus Pro

Ley de Gobierno Digital para el Estado de Nayarit

Artículo 37

Ordenamiento: Ley de Gobierno Digital para el Estado de Nayarit · Ámbito: Nayarit
Última reforma: 2026-10-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 37. Los sujetos de la Ley alentarán, por medio de todas las acciones e

instancias pertinentes, la producción de todo tipo de contenidos digitales y

aplicaciones de carácter informático, sean educativas, científicas, culturales o

recreativas, así como la accesibilidad a esos contenidos y las aplicaciones

informáticas que involucran.

Fuente oficial: consultar publicación

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