Ley de Gobierno Digital para el Estado de Nayarit
Artículo 8
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 8. El Consejo estará integrado por:
I. Una Presidenta o Presidente que será la persona que designe la o el
Titular del Poder Ejecutivo;
II. Una Secretaria o Secretario Ejecutivo que será la o el Titular de la
Secretaría de Administración y Finanzas;
III. Una Secretaria o Secretario Técnico que será la persona Titular de la
Secretaría de Economía;
IV. Vocales, que serán:
a) Una persona representante de la Secretaría General de Gobierno;
b) Una persona representante de la Sec retaría para la Honestidad y
Buena Gobernanza;
c) Una persona representante del Congreso del Estado;
d) Una persona representante del Tribunal Superior de Justicia del
Estado;
e) Una persona representante de cada uno de los Municipios que
integran el Estado de Nayarit;
f) Una persona representante del Colegio de Notarios del Estado de
Nayarit, y
g) Una persona representante de cada uno de los Órganos
Constitucionales Autónomos del Estado de Nayarit.
Asimismo, podrá participar en las sesiones del Consejo, con voz y sin voto,
cualquier persona que considere pertinente alguno de las o los integrantes del
Consejo.
La o el Presidente del Consejo podrá invitar a las o los servidores públicos de
dependencias o entidades de los gobiernos estatal o federal, así como a
especialistas en materia de Gobierno Digital y de Tecnologías de la Información,
para que participen en puntos específicos del orden del día de las sesiones, con
voz pero sin voto.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISIÓN. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DE LA POLICÍA JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER, EN REPRESENTACIÓN DE TAL ORGANISMO, ESE (XXIV.2o.14 A)
- COMISIÓN ESTATAL PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LA LEY DE JUSTICIA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ES APLICABLE A LOS PROCEDIMIENTOS SEGUIDOS ANTE AQUÉLL (XXIV.15 A)
- LEGISLATURA DE NAYARIT, REVISION A NOMBRE DE LA. (s/clave)
- CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. EL ACUERDO DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE GASTO Y FINANCIAMIENTO DEL GOBIERNO DE NAYARIT POR EL QUE SE RECOMIENDA AL EJECUTIVO EJERCER TEMPORALMENT (P./J. 6/2004)
- CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. EL ACUERDO DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE GASTO Y FINANCIAMIENTO DEL GOBIERNO DE NAYARIT POR EL QUE SE RECOMIENDA AL EJECUTIVO EJERCER TEMPORALMENT (157)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis