Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa
Artículo 75 Bis K
Vigencia verificada: 23 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 75 Bis K. La Auditoría Superior del Estado revisará que el mecanismo
jurídico empleado como fuente de pago de las obligaciones no genere gastos
administrativos superiores a los costos promedio en el mercado; asimismo que la
contratación de los empréstitos se dé bajo las mejores condiciones de mercado, así
como que se hayan destinado los recursos a una inversión pública productiva,
reestructura o refinanciamiento. (Adic. Por Decreto No. 332, publicado en el P.O. No.
163 del 27 de diciembre de 2017).
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PAGOS AL ERARIO. (s/clave)
- ERARIO, PAGOS POR EL, EN CASO DE EJECUTORIAS DE AMPARO. (s/clave)
- ADEUDOS DEL FISCO NO PAGADOS EN UN AÑO FISCAL. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SENTENCIA DE AMPARO. SU PLENA EJECUCION CUANDO OBLIGA A CUBRIRLES LOS SUELDOS. (s/clave)
- PAGOS DE ADEUDOS FISCALES, PROVENIENTES DE ACTOS DE EMPLEADOS. (s/clave)
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