Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa

Artículo 99

Ordenamiento: Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2022-09-23

Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 99. El recurso de revocación deberá resolverse una vez que se hayan

desahogado las pruebas aportadas. Se contará con un plazo no mayor de quince días

hábiles para resolverlos, contados a partir del desahogo total de las pruebas.

El Auditor Superior del Estado o, en su caso quien determine el Reglamento Interior

de la Auditoría Superior del Estado, serán competentes para conocer y resolver de

plano dicho recurso en un plazo no mayor de veinte días hábiles, contados a partir del

que hubieren quedado desahogadas todas las pruebas.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 98Índice de la leyArt. 100 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis