Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes
Artículo 56
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 56.- Las partes contarán con un término de tres días naturales contados
a partir de que se les notifique la propuesta de solución para que manifiesten si la
aceptan. Pasado dicho término sin que se manifieste conformidad, se tendrá por no
aceptada y por lo tanto se dará trámite a la queja iniciando la investigación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUNTAS, TERMINOS EN LAS. (s/clave)
- QUEJA, TERMINO PARA INTERPONERLA. (s/clave)
- VIOLACIONES DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. (s/clave)
- AMPARO ADMINISTRATIVO. (s/clave)
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