Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Titulo SEGUNDO — DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD · Capitulo II — De la organización e integración del Consejo de Administración · Seccion Tercera — Régimen de Responsabilidad de las Personas Consejeras
Artículo 37
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 37.- Las personas consejeras del Consejo de Administración no incurren, individualmente o en su conjunto, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegaren a sufrir la Comisión Federal de Electricidad o alguna de sus empresas filiales, derivados de los actos u omisiones que ejecuten o las decisiones que adopten, cuando en el actuar de buena fe, se actualice cualquiera de los supuestos siguientes:
I. Cumplan con los requisitos para la aprobación de los asuntos que competa conocer al Consejo de Administración o, en su caso, a los comités de los que formen parte;
II. Tomen decisiones o voten en las sesiones del Consejo de Administración o, en su caso, comités a que pertenezcan, con base en información proporcionada por personas con cargos directivos de la Comisión Federal de Electricidad o de sus empresas filiales, la auditoría externa o las personas expertas independientes, o
III. Hayan seleccionado la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender, o los efectos patrimoniales negativos no hayan sido previsibles; en ambos casos, con base en la información disponible al momento de la decisión.
Sección Cuarta
Remoción de las Personas Consejeras Independientes
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMPETENCIA. LA TIENE, PARA IMPONER SANCIONES A SUS SERVIDORES PÚBLICOS, EL TITULAR DE DENUNCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORÍA INTERNA DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDA (I.4o.A.316 A )
- AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. NO LO ES EL DIRECTOR DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. (s/clave)
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (116)
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, EL VOCAL SECRETARIO NO LA REPRESENTA EN JUICIO. (s/clave)
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (VIII.1o.44 L)
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