Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Titulo Cuarto — y demás disposiciones aplicables de esta Ley. · Capitulo III — Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras · Seccion Segunda — De las Medidas para Garantizar la Integridad en las Contrataciones
Artículo 87
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 87.- Para la celebración y ejecución de los contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras, el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, a propuesta de la persona titular de la Dirección General, debe emitir las disposiciones y políticas necesarias para que la Comisión Federal de Electricidad cuente con mecanismos que le permitan prevenir, identificar, subsanar y sancionar actos u omisiones irregulares, ilícitos, negligentes o cualesquiera otros que en el marco de los procedimientos de contratación y de la implementación y ejecución de los contratos pudieran afectar o repercutir en la operación de la Comisión Federal de Electricidad.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS QUE REALIZA CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD, SIEMPRE QUE EL C (PC.XII.A. J/6 A (10a.))
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA NO DEBEN CONSIDERARSE COMO CELEBRADOS ENTRE PARTICULARES, SINO COMO VERDADEROS CONTRATOS ADMINIST (2a. CVII/2014 (10a.))
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EL AVISO-RECIBO QUE EXPIDE POR CONCEPTO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA ES IMPUGNABLE ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRAT (I.4o.A.803 A (9a.))
- ENERGÍA ELÉCTRICA. CONTRA LAS ÓRDENES DE VERIFICACIÓN, COBRO O CORTE DEL SUMINISTRO DE AQUÉLLA Y SU EJECUCIÓN DEBE AGOTARSE EL RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 83 DE LA (2a./J. 120/2006 )
- MODELOS DE CONVENIOS Y CONTRATOS DE ADHESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, APROBADOS POR LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA. NO SON ACTOS DE AUTORIDA (I.1o.A.199 A (10a.))
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